Javier Laertes/
Por unanimidad los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), desecharon por considerar carecía de “importancia” y “trascendencia” el juicio de reconsideración que planteó Miguel Ángel Yunes Márquez por que ratificó la resolución del Tribunal Electoral de Veracruz y de la Sala Regional respecto a su inelegibilidad para encabezar la candidatura a la alcaldía de Veracruz.
En la sesión pública que se llevó a cabo este sábado previo a la jornada electoral del domingo seis de junio, los magistrados coincidieron en que la revocación del fallo de la Sala Regional Xalapa del TEPJF, así como del TEV de cancelar la candidatura Yunes Márquez, por no cumplir con la residencia efectiva de al menos tres años en ese municipio, carece de “trascendencia”.
La magistrada Janine M. Otálora Malassis enfatizó que el asunto impugnado por Yunes Márquez, no es de “importancia y trascendencia”, pues la Sala Superior en Xalapa, determinó en su momento una resolución. Contrario a lo que señala el recurrente, la resolución reclamada no hace interpretación directa del artículo 35 constitucional. Tampoco comparto que se deba analizar este asunto bajo el criterio de importancia y trascendencia ya que considero no hay aquí un tema novedoso”, explicó.
Por su parte el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, coincidió con su homóloga, donde confirmó que los argumentos no plantean una interpretación directa de la Constitución.
“No encuentro asidero para decretar la procedencia del recurso, por eso voto por su improcedencia”, apuntó respecto al Recurso 651/2021 planteado por Miguel Ángel Yunes Márquez.
Posteriormente y en la misma línea se pronunciaron los magistrados Indalfer Infante Gonzáles, Reyes Rodríguez Mondragón, incluido el magistrado presidente José Luis Vargas Valdez, quien propuso este recurso.
Por lo anterior, queda confirmada la inelegibilidad de Yunes Márquez para encabezar la candidatura a la alcaldía del puerto de Veracruz.