Javier Laertes/
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), echó atrás de forma “parcial” el decreto planteado por el Ejecutivo federal donde se reserva la información de obras que pongan en riesgo la seguridad nacional y de interés público, pero sólo en términos de transparencia aclaró el Comisionado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI), Oscar Guerra.
“Ya con lo que la Corte dijo, con esta suspensión parcial, porque lo que se suspende solamente que no hay posibilidad de que se utilice el decreto para reservar información, pero la parte que tiene que ver con la agilización de trámites, de trámites exprés en 15 días y si no la afirmativa y después tiene un año para cumplir con los mismos, queda vigente”, señaló.
Y es que el presidente Andrés Manuel López Obrador, emitió un decreto donde declaró de interés público y seguridad nacional prácticamente todos los proyectos a cargo de la federación.
“Es cierto que en ese decreto existía, para mi desde mi punto de vista, no de forma explícita, pero sí de forma implícita la posibilidad que al declarar esas obras como parte de la seguridad nacional y dado que uno de los fundamentos o una de las características para poder reservar información es que esa información pueda poner en riesgo la seguridad nacional, esto podía implicar en algún momento la posibilidad de que las dependencias utilizaran el decreto para reservar información de forma previa”, explicó el consejero.
La SCJN el 14 del presente mes dio trámite a la controversia constitucional 217/2021, promovida por el INAI, por lo que ordenó la suspensión del decreto.
Es así que el gobierno federal, no podrá reservar, por tema de seguridad nacional, la información que se le solicite sobre las obras que realiza con base en la Ley de transparencia vigente.