Ana Lilia Velázquez/XALAPA, VER.- El Congreso local está impedido para aprobar la castración química como lo propuso el diputado local Gonzalo Guízar Valladares, porque lo prohibe el artículo 22 Constitucional.
En donde se establece que «quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales».
Por lo anterior, la propuesta del Gonzalo Guízar Valladares, que presentó ante el Pleno de la LXV Legislatura una iniciativa con Proyecto de Decreto que reformaría el artículo 185 del Código Penal estatal, en materia de violación, para que sea incluido dentro de las sanciones a este flagelo, la “inhibición sexual” química a los agresores, la cual consistiría en la aplicación de una inyección hormonal que reduce la producción de testosterona, bajando, desde el punto de vista fisiológico, los deseos de mantener relaciones sexuales, forzadas o no, queda fuera de cualquier posibilidad de ser aprobado por el congreso local.