XALAPA, VER.- Lideres afrodescendientes de diversos puntos del estado como Coyolillo, Yanga y Otatitlán, se quejaron de discriminación por parte del congreso local.
Al no permitirles el ingreso para estar presente en el foro de consulta a pueblos afromexicanos.
Desde temprana hora arribaron a la sede acompañados de una enorme figura del liberador africano Yanga.
A pesar de que contaban con la invitación requerida fueron parados a la entrada del congreso local «para ponernos más negros», dijo un afrodescendiente de Coyolillo.
Después de una espera de 2 horas, sin que hubiera alguna posibilidad de estar presente en el evento de la explanada, optaron por retirarse.
«Pero seguiremos resistiendo», dijo Isaías de Coyolillo, quien portaba un enorme cartel.
Y es que este martes, el Congreso local, realizó los foros de consulta pública previa, libre, informada y culturalmente adecuada con autoridades de 68 comunidades de pueblos afromexicanos, como parte del cumplimiento con las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en relación con las acciones de inconstitucionalidad 210/2020 y 241/2020 y sus acumuladas.
Este acto, encabezado por la presidenta de la Mesa Directiva, diputada Margarita Corro Mendoza, registró la participación del diputado Luis Fernando Cervantes Cruz y la diputada Rosalinda Galindo Silva, presidente y vocal, respectivamente, de la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, además de la titular de la Representación Estatal del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), Magdalena Hernández Hernández y el director de Asuntos Jurídicos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), Miguel Ángel Córdova Álvarez.
Tras el diálogo con las mujeres y hombres afromexicanas de la entidad y la conformación de un Comité de Seguimiento, integrado paritariamente, se procedió a la clausura de los trabajos de esta consulta para, posteriormente, iniciar con el procedimiento relativo a la acción de inconstitucionalidad 241/2020 y sus acumuladas en relación con reformas a la Constitución Política Local, al Código Electoral del estado y a la Ley Orgánica del Municipio Libre, con materia sobre el ejercicio de sus derechos en las formas propias de gobierno interno.